Cómo se calcula la declaración de la renta en 2026: a devolver o a pagar
La declaración de la renta liquida el IRPF del año: compara la cuota calculada sobre tus rendimientos con lo que ya te retuvieron. Analizamos reducciones, mínimo personal y familiar, escala de tipos y cuota diferencial.
En este artículo
La declaración de la renta no es un impuesto nuevo: es la liquidación final del IRPF del ejercicio. Durante el año, tu empresa retiene cada mes una parte de tu salario en concepto de IRPF; al hacer la declaración, Hacienda compara lo retenido con la cuota que realmente te corresponde según tus rentas, tu situación personal y familiar y las deducciones aplicables. Si retuviste de más, la declaración sale a devolver; si retuviste de menos, sale a pagar. Esa diferencia se denomina cuota diferencial.
Del salario bruto a la base liquidable
El punto de partida son los rendimientos del trabajo (tu salario bruto). Sobre ellos se sucede una cadena de restas:
- Cotización a la Seguridad Social: no tributa. Se deduce de los rendimientos y, en el régimen general, ronda el 6,5 % de la base de cotización, con una base mensual en torno a los 5.100 € (lo que sitúa la base anual máxima cerca de los 61.200 €).
- Otros gastos deducibles: todos los trabajadores restan 2.000 € anuales (artículo 19.2.f de la Ley del IRPF).
- Reducción por obtención de rendimientos del trabajo (artículo 20): solo para rentas bajas. Es de 7.302 € si el rendimiento neto no supera 14.852 €, decrece hasta 17.673,52 € y se agota en 19.747,50 €. La base imponible general es el rendimiento neto menos los gastos y esta reducción.
- Mínimo personal y familiar: la parte de renta que se considera destinada a cubrir las necesidades vitales no tributa. El mínimo general es de 5.550 € y se incrementa por hijos (2.400 € por el primero, 2.700 € el segundo, 4.000 € el tercero y 4.500 € a partir del cuarto, repartidos entre los progenitores) y por discapacidad del contribuyente (3.000 €). No hay un mínimo por cónyuge; en la declaración conjunta, el cónyuge sin rentas da derecho a una reducción de 3.400 €.
- Al restar el mínimo de la base imponible se obtiene la base liquidable, sobre la que se aplica la escala de tipos.
La escala progresiva de tipos
La escala estatal y autonómica (suma de ambas, orientativa para 2026) es progresiva: cada tramo de base liquidable tributa a un tipo mayor, y solo la parte que supera cada límite.
| Base liquidable (hasta €) | Tipo aplicable |
|---|---|
| 12.450 | 19 % |
| 20.200 | 24 % |
| 35.200 | 30 % |
| 60.000 | 37 % |
| 300.000 | 45 % |
| en adelante | 47 % |
Cálculo de la cuota y deducciones
La cuota íntegra se obtiene aplicando la escala a la base imponible y restando lo que resulta de aplicar la misma escala al mínimo personal y familiar (artículos 56 y 63 de la Ley del IRPF):
Cuota íntegra = Escala (base imponible) − Escala (mínimo personal y familiar)
A la cuota resultante se le restan las deducciones de la cuota, como la del alquiler de vivienda habitual, que solo pueden aplicar quienes firmaron su contrato antes del 1 de enero de 2015: el 10,05 % estatal de lo pagado, con una base máxima de 9.040 € y siempre que la base imponible no supere los 24.107,20 €. Muchas comunidades tienen además sus propias deducciones por alquiler. El resultado es la cuota líquida.
Cuota diferencial: a devolver o a pagar
Resultado = cuota líquida − retenciones practicadas
- Si el resultado es negativo, retuviste de más y Hacienda te devuelve la diferencia.
- Si es positivo, la retención fue insuficiente y hay cuota a ingresar.
El momento en que se practican las retenciones (nómina a lo largo del año) marca, por tanto, si una misma cuota final acaba saliendo a favor o en contra.
Ejemplo orientativo
Con un salario bruto anual de 30.000 €, situación de soltero sin hijos y 5.200 € ya retenidos por la empresa:
- Rendimiento neto: 30.000 − 1.950 (cotización 6,5 %) = 28.050 €.
- Otros gastos: 2.000 €. A este sueldo ya no hay reducción adicional → base imponible 26.050 €.
- Escala sobre 26.050 €: 5.980,50 €. Escala sobre el mínimo de 5.550 €: 1.054,50 €.
- Cuota: 5.980,50 − 1.054,50 = 4.926 €.
- Cuota diferencial: 4.926 − 5.200 = −274 € → devolución de 274 €.
Con la misma retención pero rendimientos adicionales, deducciones o hijos, el resultado varía sensiblemente.
Cálculo de su caso
La calculadora de la declaración de la renta reproduce los pasos anteriores para tu salario bruto, retenciones, situación personal, hijos y alquiler, y te dice directamente si te sale a devolver o a pagar. Para ver la retención que te aplican por nómina utiliza la calculadora de IRPF y para conocer tu neto mensual la calculadora de sueldo neto.
Fuentes oficiales
- Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) — https://sede.agenciatributaria.gob.es
- Ley 35/2006, del IRPF — https://www.boe.es
- Boletín Oficial del Estado — https://www.boe.es

