Calculadora de Indemnización por Despido
Calcula la indemnización que te corresponde por despido según tu salario, antigüedad y el tipo del despido. La cantidad es bruta y orientativa; puede variar según convenio y sentencia.
Tipo de despido
Tu salario
Antigüedad en la empresa
Para esos contratos, el periodo trabajado antes de esa fecha se indemniza con reglas distintas (45 días/año, tope 42 mensualidades).
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12.658 €
Total por 165 días de salario
Salario diario
77 €
Base anual
28.000 €
Cálculo de la indemnización
Aclaraciones
- La indemnización está exenta de IRPF hasta un límite legal (actualmente 180.000 €).
- Para contratos anteriores al 12/02/2012, marca la casilla correspondiente: el periodo previo se indemniza a 45 días/año (tope 42 mensualidades) y el resto a 33 días/año, con el tope global que marca la disposición transitoria 5ª del RDL 3/2012.
- El despido disciplinario procedente (causas justificadas) no genera derecho a indemnización.
¿Te corresponde esta indemnización?
Te revisamos tu caso de despido y calculamos lo que te corresponde cobrar, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué indemnización corresponde según el tipo de despido?
Depende del tipo: el despido objetivo y el colectivo o ERTE generan 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, el despido improcedente genera 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades, y el despido disciplinario procedente no genera indemnización. Puedes elegir el tipo en la calculadora y se refleja directamente en el resultado.
¿Cómo se calcula el salario diario?
La herramienta parte de tu salario mensual bruto y de las pagas extraordinarias indicadas para obtener la base anual (12 pagas más las extraordinarias), que divide entre 365 días. Ese salario diario se multiplica por los días compensables según tu antigüedad en años y meses.
¿La indemnización está sujeta a IRPF?
La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta un límite legal, actualmente 180.000 €, siempre que se ajuste a la normativa. Este cálculo ofrece un importe bruto; el tratamiento fiscal definitivo depende de tu caso particular.
¿Qué ocurre con los contratos anteriores a 2012?
Para el despido improcedente, si tu contrato empezó antes del 12/02/2012 puedes marcar esa casilla: el periodo trabajado antes de esa fecha se indemniza a 45 días por año (con un tope de 42 mensualidades) y el posterior a 33 días por año, aplicando el régimen transitorio de la disposición transitoria 5ª del RDL 3/2012.

