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Cómo se calcula la retención de IRPF en la nómina en 2026

12 de septiembre de 20264 min de lecturaPor Equipo CalculaDinero

La retención de IRPF se calcula restando al bruto la Seguridad Social, 2.000 € de gastos y la reducción por rendimientos del trabajo, y descontando el mínimo personal y familiar. Analizamos cada paso con un ejemplo.

La retención de IRPF que figura en la nómina es un pago a cuenta del impuesto que se liquidará en la declaración de la renta del ejercicio siguiente. Su cálculo sigue una secuencia de pasos definida por la normativa del impuesto, que va reduciendo progresivamente la base sobre la que se aplica la tarifa.

Del salario bruto a la base para calcular la retención

El procedimiento está en los artículos 80 a 86 del Reglamento del IRPF. Parte del salario bruto anual previsto y le resta:

  1. La cotización a la Seguridad Social a cargo del trabajador (en torno al 6,5 % de la base de cotización, con la base máxima como tope). Lo que queda es el rendimiento neto del trabajo.
  2. 2.000 € de otros gastos deducibles, que se aplican a todos los trabajadores.
  3. La reducción por obtención de rendimientos del trabajo, que solo beneficia a las rentas bajas:
    • 7.302 € si el rendimiento neto es igual o inferior a 14.852 €.
    • 7.302 € menos 1,75 × (rendimiento − 14.852 €) si está entre 14.852 € y 17.673,52 €.
    • 2.364,34 € menos 1,14 × (rendimiento − 17.673,52 €) si está entre 17.673,52 € y 19.747,50 €.
    • Nada a partir de 19.747,50 €.
  4. 600 € adicionales si tienes más de dos descendientes a cargo.

El resultado es la base para calcular el tipo de retención.

El mínimo personal y familiar

El mínimo personal y familiar es la parte de la renta que se considera necesaria para vivir y no tributa:

  • Mínimo del contribuyente: 5.550 € con carácter general.
  • Mínimo por descendientes: 2.400 € por el primer hijo, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero y 4.500 € por el cuarto y siguientes. En la retención se computan por mitad cuando los dos progenitores tienen derecho a ellos.
  • Incremento por discapacidad: 3.000 € adicionales con un grado igual o superior al 33 %.

No existe un mínimo por cónyuge. Tener un cónyuge sin ingresos cuenta de otra forma: eleva el límite por debajo del cual la empresa no practica retención.

La escala de retenciones

Base (hasta €) Tipo marginal
12.450 19 %
20.200 24 %
35.200 30 %
60.000 37 %
300.000 45 %
En adelante 47 %

La escala se aplica por tramos: cada tipo grava solo la parte de la base que cae dentro de ese tramo. La cuota de retención es:

Cuota = Escala (base) − Escala (mínimo personal y familiar)

El tipo de retención es esa cuota dividida entre el salario bruto, con dos decimales. Esta escala es común a todas las comunidades autónomas de régimen común; País Vasco y Navarra aplican sus propias tablas.

Los límites que protegen los sueldos bajos

  • Límite excluyente: si tu salario no supera un umbral, no se practica retención. Para un soltero sin hijos es de 15.876 € anuales; con un cónyuge sin rentas, de 17.197 €, y es mayor con hijos (art. 81 del Reglamento).
  • Límite del 43 %: con retribuciones de hasta 35.200 €, la cuota no puede superar el 43 % de la diferencia entre tu salario y ese umbral. Evita saltos bruscos de retención justo por encima del límite.

Ejemplo: 30.000 € brutos

Soltero, sin hijos y con contrato indefinido: 30.000 − 1.950 de Seguridad Social − 2.000 de otros gastos = 26.050 € de base. La escala sobre esa base da 5.980,50 €, y sobre el mínimo, 1.054,50 €. La cuota es de 4.926 € y el tipo de retención, del 16,42 %.

Contratos temporales y retención mínima

En los contratos de duración inferior al año, la retención no puede ser inferior al 2 % del salario bruto, aunque el cálculo general dé menos.

Cálculo de su retención

La calculadora de IRPF desglosa cada uno de estos pasos según su situación personal y familiar. Puede complementarla con la calculadora de sueldo neto para conocer el importe final por nómina y con la calculadora de la renta para estimar si la declaración anual saldrá a devolver o a pagar.

Fuentes oficiales

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