Cuánto se cobra de paro en 2026: prestación por desempleo y base reguladora
La prestación contributiva por desempleo se determina a partir de la base reguladora y de los días cotizados, con topes ligados al IPREM. Analizamos el cálculo y los límites.
En este artículo
Al finalizar una relación laboral por causas no imputables al trabajador, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede reconocer la prestación contributiva por desempleo, conocida como «el paro». Su cuantía y su duración dependen, fundamentalmente, de dos variables: la base reguladora y los días cotizados.
La base reguladora
La base reguladora diaria se obtiene a partir de las bases de cotización por contingencias profesionales de los 180 días cotizados inmediatamente anteriores a la situación legal de desempleo. Constituye la referencia económica sobre la que se aplican los porcentajes de la prestación.
Porcentaje aplicable
- Durante los primeros 180 días de prestación se percibe el 70 % de la base reguladora.
- A partir del día 181 se percibe el 60 %.
La cuantía resultante está sujeta a topes mínimo y máximo que se determinan anualmente y que dependen del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y del número de hijos a cargo:
- Límite mínimo: 80 % del IPREM sin hijos; 107 % del IPREM con uno o más hijos.
- Límite máximo: 175 % del IPREM sin hijos; 200 % con un hijo; 225 % con dos o más hijos.
Dado que el IPREM se actualiza cada año, los importes finales deben contrastarse con la información vigente.
Duración de la prestación
La duración guarda relación directa con los días cotizados, según la escala que va desde 360 días cotizados (4 meses de prestación) hasta 2.160 días (6 años), que corresponden al máximo de 24 meses. Los períodos de trabajo inferiores a un año no generan, en general, derecho a esta prestación contributiva.
Escala de duración completa
| Días cotizados | Días de prestación | Meses |
|---|---|---|
| 360 a 539 | 120 | 4 |
| 540 a 719 | 180 | 6 |
| 720 a 899 | 240 | 8 |
| 900 a 1.079 | 300 | 10 |
| 1.080 a 1.259 | 360 | 12 |
| 1.260 a 1.439 | 420 | 14 |
| 1.440 a 1.619 | 480 | 16 |
| 1.620 a 1.799 | 540 | 18 |
| 1.800 a 1.979 | 600 | 20 |
| 1.980 a 2.159 | 660 | 22 |
| 2.160 o más | 720 | 24 |
Los días cotizados se computan en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
Ejemplo práctico
Un trabajador sin hijos cuya base reguladora mensual es de 1.500 € y que acumula 1.080 días cotizados (tres años):
- Base reguladora diaria: 1.500 / 30 = 50 €.
- Primeros 180 días (70 %): 35 € al día, es decir, 1.050 € al mes y 6.300 € en total.
- Días 181 a 360 (60 %): 30 € al día, es decir, 900 € al mes y 5.400 € en total.
- Duración: 360 días (12 meses).
- Total bruto: 11.700 €.
Con los topes de referencia vigentes para una persona sin hijos, ambas cuantías caen dentro de los límites mínimo y máximo. Con una base mucho mayor, el tope máximo recortaría la prestación: por eso quien ha cobrado salarios altos percibe en el paro proporcionalmente menos que quien tenía un salario medio.
Cómo y cuándo solicitarlo
- La solicitud debe presentarse en el plazo de 15 días hábiles desde el cese. Presentarla más tarde no impide cobrar, pero se descuentan los días de retraso de la duración de la prestación.
- Se tramita en la sede electrónica del SEPE o en las oficinas con cita previa.
- La empresa debe haber enviado el certificado de empresa con las cotizaciones.
- La prestación tributa en el IRPF y el SEPE practica retención; durante el cobro, el SEPE cotiza por el trabajador a la Seguridad Social para la pensión de jubilación.
Qué ocurre cuando se agota el paro
Si se termina la prestación contributiva sin haber encontrado empleo, puede existir derecho al subsidio por desempleo, que exige cumplir requisitos de renta y de responsabilidades familiares. Quienes inician una actividad por cuenta propia pueden estudiar también la posibilidad de capitalizar la prestación. Ambas opciones deben consultarse con el SEPE antes de tomar la decisión.
Derechos conexos al cese
Conviene recordar que, además de la prestación, el trabajador tiene derecho al finiquito —salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extra— y, en caso de despido, a la indemnización correspondiente según el tipo de despido y la antigüedad.
Cálculo de su situación
La calculadora de prestación por desempleo estima la cuantía mensual y la duración a partir de la base reguladora y de los días cotizados. Complementariamente, conviene calcular el finiquito y la indemnización por despido para conocer la totalidad de los importes a percibir.
Fuentes oficiales
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) — https://www.sepe.es
- Boletín Oficial del Estado (dónde se publica el IPREM) — https://www.boe.es
- Seguridad Social — https://www.seg-social.es

