Indemnización por despido en 2026: días por año según cada tipo
La indemnización por despido varía según su causa: 20 días por año en el despido objetivo, 33 en el improcedente y ninguna en el disciplinario procedente. Analizamos cada supuesto.
En este artículo
- Días de indemnización según el tipo de despido
- El régimen transitorio para contratos anteriores a 2012
- Ejemplo: 2.000 € al mes en 14 pagas y 5 años de antigüedad
- Los topes en la práctica
- Impuestos y plazos que conviene conocer
- Despido disciplinario: procedente o improcedente
- Cálculo de su indemnización
- Fuentes oficiales
La indemnización por despido no es un importe único: su cuantía depende directamente de la causa del despido y de la antigüedad del trabajador en la empresa. Conocer el tipo de despido es, por tanto, el primer paso para estimar correctamente lo que corresponde percibir.
Días de indemnización según el tipo de despido
| Tipo de despido | Días por año trabajado | Límite en mensualidades |
|---|---|---|
| Objetivo (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) | 20 días | 12 mensualidades |
| Improcedente | 33 días | 24 mensualidades |
| Colectivo / ERE | 20 días | 12 mensualidades |
| Disciplinario procedente | 0 € | No procede indemnización |
El salario diario utilizado en el cálculo se obtiene del salario bruto anual (incluidas las pagas extra) dividido entre 365:
Salario día = (Salario mensual × (12 + pagas extra)) / 365
Indemnización = Salario día × Días por año × Años de antigüedad
El régimen transitorio para contratos anteriores a 2012
La reforma laboral del año 2012 redujo la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año. Para los trabajadores contratados antes del 12 de febrero de 2012, se aplica un régimen transitorio:
- El periodo trabajado antes de esa fecha se indemniza a 45 días por año, con un tope absoluto de 42 mensualidades.
- El periodo trabajado después se indemniza a 33 días por año.
- Si el importe generado antes de la reforma ya alcanza las 24 mensualidades, esa cantidad pasa a ser el tope máximo global del cálculo (sin superar nunca las 42 mensualidades), sin sumarle lo devengado en el periodo posterior.
Este régimen suele generar confusión, ya que combina dos tarifas distintas dentro de una misma antigüedad.
Ejemplo: 2.000 € al mes en 14 pagas y 5 años de antigüedad
- Salario bruto anual: 2.000 × 14 = 28.000 €.
- Salario diario: 28.000 / 365 = 76,71 €.
| Tipo de despido | Cálculo | Indemnización |
|---|---|---|
| Objetivo | 76,71 × 20 días × 5 años | 7.671 € |
| Improcedente | 76,71 × 33 días × 5 años | 12.658 € |
La diferencia entre un despido objetivo y uno improcedente es de casi 5.000 € con solo cinco años de antigüedad, de ahí la importancia de revisar la causa alegada.
Los topes en la práctica
Con este mismo salario, el tope de 24 mensualidades del despido improcedente equivale a 56.000 € y se alcanza con algo más de 22 años de antigüedad. En el despido objetivo, el límite de 12 mensualidades (28.000 €) llega a los 18 años. A partir de ahí, trabajar más años no aumenta la indemnización legal.
Los períodos de antigüedad inferiores a un año se prorratean por meses: seis meses de trabajo equivalen a medio año a efectos del cálculo.
Impuestos y plazos que conviene conocer
- IRPF: la indemnización por despido está exenta hasta la cuantía mínima obligatoria fijada por el Estatuto de los Trabajadores, con un máximo de 180.000 €. Lo que se perciba por encima de la indemnización legal tributa como rendimiento del trabajo.
- Plazo para impugnar: el despido puede recurrirse ante el juzgado de lo social en 20 días hábiles desde que se comunica, previa solicitud de conciliación. Es un plazo de caducidad, y dejarlo pasar pierde el derecho.
- Despido objetivo: la empresa debe poner a disposición del trabajador la indemnización en el momento de la comunicación y avisar con 15 días de antelación, o abonar los días de preaviso no dados.
- Despido improcedente: la empresa puede elegir entre readmitir o abonar la indemnización, salvo en los casos de representantes de los trabajadores.
- Acuerdos: firmar un finiquito o un acuerdo con la empresa sin revisar el cálculo puede suponer renunciar a parte de lo que correspondía.
Despido disciplinario: procedente o improcedente
El despido disciplinario procedente no genera derecho a indemnización, al considerarse justificado por un incumplimiento grave del trabajador. Ahora bien, si posteriormente se declara improcedente (por defectos de forma o por no acreditarse los hechos), pasa a indemnizarse igual que un despido improcedente ordinario: 33 días por año con el límite de 24 mensualidades.
Cálculo de su indemnización
La calculadora de indemnización por despido aplica automáticamente los días correspondientes según el tipo de despido, incluido el régimen transitorio si su antigüedad es anterior a 2012. Se recomienda calcular también el finiquito y, en su caso, la prestación por desempleo, ya que ambos importes son compatibles con la indemnización.
Fuentes oficiales
- Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) — https://www.boe.es
- Real Decreto-ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral — https://www.boe.es
- Ministerio de Trabajo y Economía Social — https://www.mites.gob.es

